La mayoría de los países aprovechan las compras de gobierno como detonadores del desarrollo, el crecimiento económico, la generación de empleo y la creación de riqueza. Pero en México no se ha dado un uso correcto de esta herramienta; al contrario, la Ley en la materia se hace "cada vez más a la medida de las empresas extranjeras".
Raúl Picard del Prado, presidente de la Comisión de Comercio Interior de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), señaló que las modificaciones recién aprobadas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público son parciales.
Ello, explicó, porque no se hace una revisión integral del régimen que considere la transparencia, el combate a la corrupción, la simplificación administrativa y la seguridad en los procedimientos. La nueva Ley contiene 19 modificaciones, en sus artículos 2, 16, 26, 28, 29, 31, 33, 34, 35, 36 Bis y 42. Algunos puntos de esta legislación que más afectan a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) son:
En el artículo relativo a las Pymes sólo se modificó "procurar" por "deberán", cambio que resulta insustancial, dado que se refiere sólo a los supuestos de excepción de este artículo (42), que equivalen a 20 por ciento del presupuesto de las adquisiciones de cada dependencia, de cuyo monto únicamente se les comprará a las Pymes 50 por ciento.
Sobre las adquisiciones en el extranjero (artículo 16), el texto original constaba de dos párrafos: el primero regulaba las compras en el exterior de bienes y servicios que serían utilizados o prestados fuera de México, y el segundo fijaba las reglas para las compras de bienes y servicios que serían utilizados o prestados en territorio nacional.
En la reforma se modifica sólo el párrafo segundo de la Ley, permitiendo comprar y contratar bienes y servicios en el extranjero, que serán utilizados en territorio nacional, cambio que afecta a nuestra industria.
Ofertas económicas
Acerca de la nueva modalidad de las ofertas subsecuentes de descuentos, comprendidas en el artículo 2, fracción octava y 28 de la Ley, permite que una vez abiertos los sobres que contengan las ofertas económicas y se conozca el precio más bajo recibido, puedan presentarse nuevas ofertas hasta llegar al menor precio.
Lo anterior, sin considerar los beneficios en materia de empleo, pago de impuestos, aportaciones a las instituciones de seguridad y derrama económica que representa comprar a empresas establecidas en el país. Con una visión reduccionista, las nuevas reglas sólo buscan que el gobierno compre al precio supuestamente más barato.
Dada esa nueva disposición, es mentira que el gobierno va a comprar más barato, porque lo que harán las grandes firmas será ofrecer el precio más elevado que se pueda, y en el "regateo" lo bajarán, pero a fin de cuentas quedará alto. Aun así, el gobierno adjudicará el contrato a la gran empresa, y la pequeña quedará fuera de toda oportunidad.
Respecto a las compras por medios electrónicos, disposición comprendida en los artículos 26 y 34, éstas generan una nueva forma de presentación de las propuestas, que afectan gravemente a las pequeñas empresas, sobre todo a las micro. Y es que la gran empresa cuenta con todos los avances tecnológicos para participar en cualquier concurso; en cambio, los negocios de menor tamaño, si llegan a contar con computadoras, quizá sean muy antiguas, con lo que pierden esa oportunidad. (Con información de El Financiero/APB)
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