El Servicio de Administración Tributaria no dará ninguna prórroga para el primer pago provisional del IETU que vence el 18 de febrero, debido a que existen todas las condiciones operativas para que los contribuyentes puedan cumplir en tiempo y forma, advirtió el órgano recaudador de impuestos.De esta manera, fue rechazada la solicitud del sector privado de alargar el plazo para enterar al fisco el nuevo impuesto de control que surgió con la reforma fiscal. Según la Concanaco, faltan los formatos actualizados y específicos para el impuesto empresarial a tasa única. En tanto, los pequeños comerciantes argumentaron que existe mucha confusión para hacer el primer pago, por lo que propusieron que se establezca una cuota única.
El SAT afirmó que en el portal se encuentra la aplicación electrónica para el pago del IETU, así como la hoja de ayuda para facilitar el cálculo del gravamen. Incluso, el brazo fiscal de Hacienda informó que a 12 días de la entrada en vigor de ese gravamen, “cientos de contribuyentes han cumplido ya con esta contribución, lo que ha representado la recaudación de varios millones de pesos”. Sin embargo, no precisó el número de causantes que ya cumplió ni el monto de los ingresos obtenidos por ese concepto. Para el SAT, los medios de comunicación han difundido información que ha causado confusión en torno al IETU. Por ello, enfatizó que desde el primero de febrero está lista y publicada la aplicación para realizar el pago correspondiente, mismo que debe hacerse por internet, a través del portal bancario o en la ventanilla, según corresponda.
Explicó que los bancos tienen disponible en su aplicación electrónica el renglón específico para pagarlo.Para el cumplimiento del primer pago provisional correspondiente a enero, se tiene como fecha límite el 17 de febrero, pero como es día inhábil se recorrió al 18 de febrero.Cabe recordar que de acuerdo con el artículo cuarto del decreto por el que se exime del pago de los impuestos que se mencionan y se otorgan facilidades administrativas a diversos contribuyentes, publicado en mayo de 2002, se puede pagar de acuerdo con el sexto dígito numérico del RFC.Así, los contribuyentes cuyo registro federal de causantes termine en 1 y 2 deben pagar a más tardar el 17 de febrero. Los que terminen en 3 y 4 el 20 de febrero.
La terminación en 5 y 6 el 21 de febrero. El RFC cuyo último número sea 7 y 8 pagarán hasta el 22 de febrero y para el 9 y 10 el 25 de febrero debido a que se atraviesa un día inhábil.El IETU se creó con el propósito de fortalecer el sistema tributario. Fue aprobado por el Congreso el año pasado como parte de un paquete de reformas que dieron vida a la reforma fiscal.El impuesto debe ser pagado por personas físicas y morales residentes en el país, así como los residentes en el extranjero con establecimiento en el país por concepto de venta de bienes, pago de servicios independientes y por el uso y goce temporal de bienes.
Otros impuestos
Además del IETU, los contribuyentes tendrán que pagar otros tres nuevos impuestos que surgieron a raíz de la reforma fiscal que se aprobó el año pasado. Uno de ellos y que ya entró en vigor es el impuesto sobre gasolina y diésel. Se pagarán dos centavos al mes por litro de gasolina que se consuma. Este gravamen es adicional al que se cobra actualmente.Las personas y empresas que depositen en efectivo más de 25 mil pesos al mes en cualquier tipo de cuenta que tengan en una institución del sistema financiero y que se hagan en moneda nacional o extranjera, pagarán un gravamen de 2 por ciento. El impuesto sobre depósitos en efectivo empezará a cobrarse a partir de julio próximo. También se aplicará en la compra de cheques de caja.Los causantes que realicen juegos con apuestas o sorteos pagarán una tasa de 20 por ciento del impuesto especial sobre producción y servicios. Quedan exentos las empresas u organizaciones sin fines de lucro autorizados para recibir donativos deducibles.
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