Si los adeudos fiscales federales del 2007 te provocan insomnio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece un plan de condonación de impuestos para que los contribuyentes morosos tengan un respiro. La idea es que los deudores regularicen su situación fiscal y se mantengan al corriente en el pago de sus contribuciones. El beneficio consiste en autorizarles la condonación desde el 80 hasta el 100% de los adeudos por contribuciones y cuotas compensatorias, así como recargos y multas, entre otros.

- El 80% de los créditos fiscales de contribuciones federales que corresponda administrar, tal como ISR, IVA, IEPS e impuestos al comercio exterior, así como cuotas compensatorias causadas antes de enero de 2003.
- El 100% de recargos, multas y gastos de ejecución de los créditos fiscales y de las cuotas compensatorias, siempre que lo hagas en una sola exhibición.
- Otro 100% si los contribuyentes se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, siempre que hayan sido objeto de revisión por la autoridad durante 2004, 2005 y 2006.
- Otro 100% de los recargos y multas, derivados de créditos fiscales por cuotas compensatorias y contribuciones federales distintas de las retenidas, trasladadas o recaudadas, que se hayan causado entre enero de 2003 y diciembre de 2005.
También las multas impuestas durante 2007 por incumplimiento a las obligaciones fiscales distintas de las obligaciones relacionadas con el pago de contribuciones se podrán reducir en 50%.
Lo que no se puede condonar
“Recaudados, retenidos y trasladados no entran en el plan de condonación”, aclara Pedro Canabal. A continuación, la lista de adeudos que no están exentos de pago:
- Los créditos fiscales pagados, por lo que en ningún caso la condonación dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
- Los adeudos fiscales derivados de infracciones por las cuales exista auto de formal prisión, auto de sujeción a proceso o sentencia condenatoria en materia penal.
- Recargos y multas derivadas de contribuciones retenidas, trasladadas y recaudadas, tratándose de contribuciones causadas de 2003 a 2005.
- Tampoco procederá la condonación cuando la persona física se encuentre vinculada a un procedimiento penal por la probable comisión de algún delito de carácter fiscal.
- Cabe aclarar que por la parte de los créditos fiscales no condonados no se aceptará pago en especie, cesión en pago ni compensación.
¿Cómo va la recaudación?
En un comunicado entregado por Pedro Canabal se informó que a diez años de la formación del SAT el padrón de contribuyentes se ha incrementado en más de 275%, mientras que la evasión disminuyó de 35 a 25%.
Explicó que “más de 75% de las declaraciones se presentan por Internet, además de que el depósito de las devoluciones se inicia al día siguiente de concluido el plazo para la presentación de la declaración anual”.
El costo para recaudar cada peso “es menor a un centavo, y el dinero que se recupera por juicios ganados ha aumentado en más de 100%”. Sin embargo, aunque la evasión ha disminuido, también se reconoce que “está por encima del nivel recaudatorio que tienen otras naciones”, además de que “el contrabando sigue mermando la competitividad de las empresas”.
También informa que entre el año 2000 y marzo de 2007 el padrón de contribuyentes se incrementó en más de 15 millones. El número de personas morales aumentó en 42.5%, en tanto que el de personas físicas 15.8%, sin contar asalariados. Además, la recaudación de los ingresos tributarios administrados por el SAT aumentó de enero a marzo de 2007 un 9.8%, lo que equivalió a 33 mil 160 millones de pesos en comparación al mismo periodo pero del año pasado.
(El Financiero)
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