lunes, 10 de marzo de 2008

Analizan diputados Ley de Competencia Económica

El pleno de la Cámara de Diputados discutirá y en su caso aprobará reformas a la Ley Federal de Competencia Económica, en donde se establece una serie de multas a empresas que realicen prácticas monopólicas. El dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 35 de la citada ley, publicado en la Gaceta Parlamentaria, fue elaborado por la Comisión de Economía y entre otros puntos dice lo siguiente:

Las autoridades competentes podrán ordenar la corrección o supresión de la práctica monopólica o concentración de que se trate.

Igualmente se podrá ordenar la desconcentración parcial o total de lo que se haya concentrado indebidamente, sin perjuicio de la multa que en su caso proceda.

Entre las sanciones determinadas se menciona multa hasta por el equivalente a sesenta mil quinientas veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal por haber declarado falsamente o entregado información falsa a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados. Igualmente sanción hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incurrido en alguna práctica monopólico relativa.

"El valor de los activos o ingresos será el del ejercicio fiscal del año en que se cometió la práctica. Si la práctica se cometió en dos o más años fiscales, el monto será el del ejercicio fiscal que resulte más alto", de acuerdo con el documento. También se multará hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incurrido en alguna concentración de las prohibidas por esta Ley.

Otro punto que contiene el dictamen dice que se castigará económicamente hasta por el equivalente al cuatro por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por no haber notificado la concentración cuando legalmente debió hacerse. "Multa hasta por el equivalente al nueve por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, el que resulte más alto, por haber incumplido con las condiciones fijadas por la Comisión en términos del artículo 22 de esta Ley, sin perjuicio de ordenar la desconcentración". Apunta el documento.

También se aplicará una multa equivalente a sesenta mil veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, a los individuos que participen directamente en prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas, en representación o por cuenta y orden de personas morales. En caso de reincidencia, se podrá imponer una multa hasta por el doble de la que corresponda, o hasta por el equivalente al veinte por ciento del valor de los activos o de los ingresos totales anuales obtenidos por el infractor por su actividad económica, dice el documento. El dictamen ha sido programado en varias ocasiones para su discusión y votación, pero a "último minuto" se decidió bajarlo de la orden de día; el coordinador de la bancada priista, Emilio Gamboa Patrón aseguró que ahora si será sometido a su discusión y votación. (Edgar Amigón/Finsat/MCH)

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