México, 25 de noviembre.- A más de un mes de que se eliminaron las cuotas compensatorias a 953 fracciones arancelarias y se impusieron "medidas de transición" a 204, llegaron los primeros amparos contra esas medidas de la autoridad, tanto por parte de firmas manufactureras mexicanas como de importadores.
Oficialmente,
Aunque se sabe que tres compañías de la industria textil-confección y dos de la farmoquímica (Interquim y Fersinsa) también solicitaron esa figura legal contra la eliminación de las cuotas compensatorias.
También podrían ampararse tiendas de autoservicio y departamentales que buscan conseguir ese recurso jurídico a fin de evitar el pago de las "medidas de transición".
El jefe de
A partir de que llegan esas notificaciones de amparo, explicó,
Ese trámite podría llevar un año, y aunque durante ese tiempo los importadores pidan la suspensión provisional de las "medidas de transición", tienen que presentar una fianza que garantice su pago en caso de que no se les conceda el amparo.
Un hecho es que las cuotas compensatorias desaparecieron el 14 de octubre, impuestas a 953 fracciones arancelarias, según un acuerdo que se hizo entre la autoridad mexicana y la de China.
Pero esas cuotas compensatorias se sustituyeron por medidas de transición, para un grupo de productos sensibles agrupados en 204 fracciones arancelarias.
Ambas decisiones, tanto la desaparición de las cuotas compensatorias como la creación de las medidas de transición, no gustaron a productores mexicanos ni a importadores de nuestro país.
Mientras algunos industriales nacionales se opusieron a la desaparición de las cuotas compensatorias, porque perdieron la protección, los importadores se oponen a pagar las "medidas de transición", además de que muchos de ellos ni siquiera pagaban los impuestos compensatorios porque tenían un amparo contra ese esquema.
El caso de los farmoquímicos es un poco más complicado, porque el gobierno mexicano no tenía el deber de eliminar las cuotas compensatorias a esos productos, ya que no se incluyeron las 18 fracciones arancelarias en que se agrupan tales productos en el acuerdo o cláusula de paz firmado en 2001 entre los gobiernos de México y China.
O sea que por error u omisión las autoridades mexicanas dejaron fuera fracciones de productos orgánicos que debieron incluirse en el Protocolo de Adhesión con China firmado en 2001, pero al no estar incluidas no estaban obligados a eliminarlos y se pudo conservar la protección; sin embargo, el Ejecutivo decidió quitar las cuotas a los productos farmoquímicos.
Según
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